Rubén Hernández/Tlaxcala Times

TLAXCALA, Tlax., 2 de septiembre de 2025.- El caso de Saúl Rosales defensor del campo y el bosque de la Malinche tiene una esperanza, ya fue enlistado y en sesión el Segundo Tribunal Colegiado de Distrito atenderá el amparo directo, por lo que el próximo 4 de septiembre los magistrados resolverán sobre éste.

Los antecedentes…
Saúl Rosales Meléndez fue acusado por el delito de homicidio calificado, ante el linchamiento de un supuesto delincuente el Viernes Santo del año 2022, donde ese 15 de abril más de 400 personas lo quemaron vivo y la culpa de este suceso recayó en Rosales por ser presidente de comunidad, cuando una situación de este tipo recae en las autoridades estatales y municipales y no en las autoridades comunitarias.

Sin embargo, pese a que ese día del linchamiento Saúl como presidente de comunidad de San Pedro Tlalcuapan ordenó resguardar al sospechoso, una turba lo sacó a la fuerza y lo asesinó, ello a pesar que pidió la intervención del entonces director de seguridad del municipio de Chiautempan al que corresponde, aunque se movilizaron a 300 efectivos tanto estatales como municipales estos no actuaron y dejaron que la población quemara vivo al presunto delincuente, a pesar de existir un protocolo anti linchamiento desde el año 2018.

Ante ello, el 14 de julio de 2022 Saúl Rosales fue detenido al salir de una sesión de Cabildo en el Ayuntamiento de Chiautempan, acusado del delito de homicidio calificado y vinculado a proceso penal que duró un año y 8 meses, tiempo en que se le impidió llevar su proceso en libertad, desde entonces permanece privad de su libertad en el Centro de Reinserción Social (CERESO) de Tlaxcala.

El 25 de marzo de 2024, el tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer lo condenó a 20 años de prisión por un delito que no cometió, basado en el testimonio de dos policías y un comandante de la policía municipal sobre su actuación en el momento de los hechos.

Así, tres jueces lo condenaron a 20 años de cárcel a pesar que su inocencia se demostró con pruebas y testigos.

Aunque se apeló la sentencia condenatoria, la Sala Penal y Especializada en Administración de Justicia par Adolescentes del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), confirmó la sentencia el 8 de julio de 2024, esto sin advertir violaciones procesales ni derechos humanos en el caso.

Ante todo esto, el 23 de diciembre de 2024, los defensores de Saúl Rosales presentaron una demanda de amparo en contra de la resolución de apelación con el amparo directo 5/2025 ante el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito y el 3 de marzo de 2025 el caso fue turnado a la ponencia del Secretario en funciones de Magistrado, Francisco Ballesteros González.

Enlistan el caso para resolución…

A todos estos antecedentes el caso fue enlistado para su análisis y resolución, por lo que el próximo 4 de septiembre se atenderá en sesión del Segundo Tribunal Colegiado de Distrito, por lo que se espera una resolución del amparo directo en contra de la resolución que confirmó el Tribunal de Alzada misma que dictó anteriormente el Tribunal de Enjuiciamiento.

En la pasada sesión del 14 de agosto de este año, el magistrado a cargo del asunto Francisco Ballesteros González, proponía conceder el amparo en el sustento que todas las pruebas no acreditan la probabilidad y del análisis de estas no se justifican los hechos, ni existen elementos necesarios para poder establecer la responsabilidad de Saúl Rosales, por lo que se violó la probabilidad de inocencia, e impusieron la medida cautelar más lesiva.
Sobre este caso, familiares, amigos y abogados presentaron una rueda de prensa frente al Palacio de Gobierno de Tlaxcala, para dar a conocer que el caso fue enlistado y el 4 de septiembre será atendido, por lo que esperan una resolución al amparo directo y ese mismo día obtenga su libertad.

Al respecto, el abogado del caso David Rodríguez , ha pugnado por no reponer el proceso y que este no se alargue toda vez que es un preso político que ha sido privado de su libertad durante tres años a pesar de ser inocente, de ahí que los abogados directos desde el inició Bryan Elian Conde Acoltzi y María Guadalupe Sánchez Muñoz.

Durante el encuentro con los medios de comunicación, los abogados argumentaron “él no hizo nada, su error fue ser presidente de comunidad, pero como todos sabemos una presidencia de comunidad no tiene un alcance, no tiene los elementos necesarios para combatir una situación de ese tipo, el señor Saúl es inocente, las pruebas lo dicen, por lo tanto, esperamos una solución favorable y conforme a derecho… nosotros no queremos que nos concedan el amparo para el efecto de que se regrese el procedimiento, sino queremos que se nos conceda el amparo y revoque la resolución que dicto el Tribunal de Enjuiciamiento”

Los abogados admitieron que se encuentran seguros de que van a ganar el amparo directo y Saúl N., obtendrá su libertad este 4 de septiembre, de no ser así, tendrán estrategias junto con las organizaciones y grupos que apoyan este caso.

La audiencia se realizará en sesión privada este 4 de septiembre de 2025, en la Ciudad Judicial, en el Tribunal Colegiado de Circuito al lado de los Juzgados, por lo que será transmitida en vivo y podrá verse de manera directa.

El llamado…

Alicia Meléndez Meléndez esposa de Saúl Rosales hizo un llamado al magistrado Ballesteros, “lo que pedimos es que ya le otorgué su libertad, este caso está en manos de ellos y sabemos que Saúl va a estar libre el día 4, porque no hay nada que compruebe que su culpabilidad, Saúl es inocente y creemos que saldrá libre”, de no ser así dijo, sería una injusticia sabiendo que todas las pruebas no lo culpan, seguir con una sentencia y que sigan culpándolo sería injusto.

Finalmente, el caso será atendido por las autoridades correspondientes y tanto, los familiares como la población en general esperan que se haga justicia por un caso donde los jueces inculparon a una persona sin evidencia suficiente y con base a dos premisas erróneas, la primera las autoridades judiciales sugirieron que el linchamiento es una costumbre de la comunidad de San Pedro Tlalcuapan sin pruebas, lo que refiere un grave prejuicio contra los pueblos originarios, y la segunda premisa la malinterpretación de la evidencia.

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